1*PRESENTACIÓN DE LA
POLÍTICA DE IGUALDAD:
He querido centrar el estudio de
la Política de Igualdad, dentro del ámbito Estatal, pues es una política que
afecta al territorio Nacional, y su ámbito de intervención es la Administración
Penitenciaria. Esta política tiene su origen en la Ley Orgánica 3/2007 de 22 de Marzo para la igualdad efectiva entre
mujeres y hombres y su artículo 77 que
establece que todos los Ministerios crearán un órgano directivo para el
desarrollo de las funciones relacionadas con el principio de Igualdad.
El Real Decreto 259/2019 de 12 de
abril desarrolla esta Ley Orgánica creando las Unidades de igualdad en toda la
Administración General del Estado. Con motivo de ello se crea en la Secretaría
General de Instituciones Penitenciarias, dependiente del Ministerio del
Interior, el Departamento de Igualdad,
creado mediante Resolución de 26/05/2021.
Este Departamento de Igualdad
pretende desarrollar en el ámbito penitenciario los principios de las políticas
públicas de Igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, y coordina con
otras Administraciones y entidades cualquier discriminación por razón de
género: violencia de género, acoso sexual, acoso laboral …….
2*ANÁLISIS DE LA POLÍTICA PUBLICA DE IGUALDAD EN EL ÁMBITO
PENITENCIARIO:
Este Departamento de Igualdad, ha
generado una política que pretende acercar o aproximar la igualdad real entre
hombres y mujeres que se encuentran privados de libertad. El sector
Penitenciario Español está fuertemente masculinizado y pensado para atender a
la población penitenciaria masculina, siendo el sector femenino minoritario y
por lo tanto más perjudicado en un medio creado, ideado y pensado para hombres,
en el que ellas caen en el olvido. Así el Defensor del Pueblo ha llegado a
exponer “la invisibilidad” de las
mujeres internas en las cárceles con motivo de una ronda de visitas por las
prisiones españolas.
En España, tan sólo un 7,7% de la
población penitenciaria son mujeres, (aproximadamente 4.400 internas frente a
50.000 internos) a pesar de que el porcentaje es alto en comparación con el
resto de los países europeos, lo cierto es que esta minoría se encuentra en una
clara desigualdad de oportunidades en cuanto acceso a los medios, recursos y
posibilidades de tratamiento y reinserción que ofrece la Administración
Penitenciaria. Con razón se dice que cuando una mujer entra en prisión sufre
una triple condena: personal, social y penitenciaria.
Como consecuencia de la creación
de este Departamento y su impulso en el medio penitenciario se han dictado las
correspondientes Instrucciones por parte de la Secretaría General de
Instituciones Penitenciarias:
Con fecha 22 de junio de 2021 se
emite una orden de Servicio: “Fundamentos para la implementación de la
perspectiva de género en la Ejecución Penitenciaria”
Esta orden tiene un claro impacto
que analizaré desde la metodología de las 3R:
ROLES: Esta Política impacta de forma decisiva en los roles
de género, ya que con ella se pretende equiparar la igualdad hombres – mujeres
en el ámbito penitenciario. El medio penitenciario está predominantemente
orientado hacia el género masculino: Todas las estructuras o instalaciones
están pensadas claramente para la población mayoritaria; la masculina; en
cuanto a normas internas y lenguaje utilizado, y en cuanto a los servicios
prestados. Esta política pretende hacer
una revisión y adaptación a un lenguaje inclusivo y sin marcaje de género,
de todos los documentos, instancias, comunicaciones que tradicionalmente venían
usando exclusivamente el género masculino.
Pretende igualmente detectar
todas las situaciones de desigualdad en que se encuentran las internas en los
Centros Penitenciarios y llevar a cabo actuaciones encaminadas a paliarlas.
RECURSOS:
Esta política presenta un efecto
claramente positivo y de fomento del acceso de las mujeres privadas de libertad
a todas las prestaciones y actividades que se ofertan en un Centro
Penitenciario:
*Ninguna
actividad educativa, formativa, laboral, cultural o recreativa podrá estar
adscrita a un único sexo, debiendo preverse el uso de las dependencias comunes
y de las instalaciones de los Centros Penitenciarios para ambos sexos.
Se
pretende llevar a cabo “actuaciones palanca “o iniciativas tendentes a romper
la asignación de una determinada actividad a un género concreto, con el
objetivo de superar roles tradicionales; como por ejemplo el desempeño de
determinados destinos remunerados adscritos exclusivamente a mujeres (destino
de lavandería, destino de limpieza) y otros adscritos exclusivamente a hombres
(destino de Cocina). Se trata de potenciar ofertas formativas y laborales que
no se limiten a “talleres de costura” “talleres de peluquería” ……que no hacen
sino fomentar los roles sexistas.
Se
promoverá igualmente la participación de las mujeres en aquellas actividades
formativas y laborales en las que no tengan presencia o se encuentren
escasamente representadas.
REPRESENTACIÓN:
Esta política supone un antes y
un después en la representación y participación de la mujer dentro del medio
penitenciario, ya que prevé la apertura de actividades y posibilidades de
reinserción social que antes estaban restringidas al género masculino por una
cuestión puramente estructural.
-Se pretende con ello la creación de
Módulos Mixtos de Respeto; donde pueden convivir, con la adecuada
separación hombres y mujeres dentro del mismo módulo y en un clima de Respeto;
rompiendo así con la situación que se arrastraba desde antaño en que las
mujeres sólo disponían de un módulo en todo el recinto penitenciario y no se
cumplían los criterios de separación interior que marca el art. 16 de la LOGP
1/1979 de 26 de Septiembre ( penadas separadas de las preventivas, jóvenes
separadas de las adultas, internas con perfil de módulo de respeto, sin
posibilidad para ello por falta de estructuras físicas adecuadas….).
-Se potenciará en la medida de lo
posible la Creación de UTES mixtas, (Unidad Terapéutica Educativa
Mixta) en el que internas con
problemática tóxica puedan abordarla con ayuda de especialistas
intrapenitenciarios y profesionales de entidades externas en la misma medida
que los hombres; situación que aún está en proceso de estudio e implementación en muchos Centros Penitenciarios.
En definitiva, se pretende una
apertura de todos los recursos, programas específicos de tratamiento y
posibilidades reales de reinserción a las mujeres privadas de libertad en la
misma medida que hasta ahora ha venido disfrutando con exclusividad el género
masculino.
3*IMPACTO Y RESULTADO DE ESTA POLÍTICA PÚBLICA.
Dado que se trata de una política
en proceso de implementación debido a las dificultades estructurales inherentes
al medio penitenciario procederé a realizar una sucinta relación de los
resultados positivos que estimo vislumbraremos en un futuro próximo:
-Un
incremento en la garantía de éxito de los procesos de reeducación y reinserción
social de las mujeres privadas de libertad al tener una mayor participación
en los programas tratamentales que se ofertan en los Centros Penitenciarios: módulos UTE MIXTOS, módulos RESPETO MIXTO;
oferta de destinos remunerados tradicionalmente vetados para ellas…. consiguiendo
con ello que se encuentren más preparadas para la vida en libertad, tras un
abordaje en prisión de la problemática que las ha llevado a delinquir, y con
ello disuadirlas de la reincidencia en el delito.
-Fomento
de la relación materno-filial abordando la posibilidad de otras formas de
cumplimiento de las penas privativas de libertad, dado la problemática que
implica a las mujeres con hijos el ingreso en prisión y el escaso número de
unidades de Madres que se encuentran funcionando en España (únicamente tres;
Madrid, Sevilla y Mallorca) por lo que se trata de evitar por todos los medios
el ingreso de los menores de tres años, en las Unidades de Madres.
-Disminución
de los problemas derivados del desarraigo social y familiar de las mujeres
cuando dispongan de las estructuras necesarias para cumplir condena en su
entorno socio-familiar.
4*ANÁLISIS DE LOS PUNTOS FUERTES Y DÉBILES DE ESTA POLÍTICA
-Como punto débil de la política
analizada, estimo que siguen existiendo en el medio penitenciario dificultades
para que se consiga una igualdad real entre mujeres y hombres privados de
libertad, pues conseguir la misma, comenzaría por un nuevo diseño y construcción de
Establecimientos Penitenciarios adaptados para la consecución de ese objetivo;
circunstancia que tal vez suceda muy a largo plazo, o creación de Centros
Penitenciarios de Mujeres , así como Psiquiátricos Penitenciarios para mujeres
y unidades de Madres en todas las provincias para proteger la relación
materno-filial y fomentar el arraigo social en su entorno.
No obstante, considero que dentro
de las limitaciones existentes se están llevando a cabo todas las actuaciones
que los medios actuales nos permiten para salvaguardar la situación de las
internas, y que atiende a las reivindicaciones de las mismas. La creación de
UTES MIXTAS y MÓDULOS MIXTOS DE RESPETO es un gran avance frente a la situación
existente años atrás; esto incide en una mejor respuesta al tratamiento y al
internamiento y mayores posibilidades de frenar la reincidencia en el delito,
cuando alcancen la libertad y finalmente cumplir el mandato constitucional del
art. 25.2 “las penas y medidas de seguridad privativas de libertad estarán
orientadas hacia la reeducación y reinserción social”
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